3) Reglamento de Transgresiones y Penas
Artículo 1: Todo equipo representativo de un Country / Bº Privado que no entregue en las oficinas de la Liga Intercountries de Fútbol Zona Norte, en los tiempos acordados y fijados según reglamentación vigente el contrato firmado, quedará su inclusión y participación en esta Liga en suspenso y no en forma definitiva hasta tanto entregue la documentación solicitada. No obstante, la Liga Intercountries de Fútbol Zona Norte considerará de manera irrevocable que tanto todos los integrantes del equipo y/o autoridades de dicho Country y/o Bº Privado conocen y aceptan en su totalidad las reglamentaciones vigentes, derechos y obligaciones por el solo hecho de participar sin posibilidad de reclamo alguno.
Para dejar sin efecto dicho contrato el equipo representativo de un Country y/o Bº Privado deberá estar al día con todas las obligaciones acordadas con la Liga Intercountries de Fútbol Zona Norte.
Artículo 2: Todo equipo que no acepte el nombre del campeonato no podrá participar. De acuerdo a cada situación la Organización resolverá su continuidad o no en los torneos. Los equipos que recusen o rechacen jugar con algún otro equipo de la Liga por los motivos que fueren, automáticamente se les aplicará la ley del Walk-Over. Aquellos equipos que hubiesen abonado algún importe, no se reintegrará el mismo. De reincidir el mismo equipo en no aceptar jugar con un determinado equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
Se sancionará con una multa económica de $ 10.000. Agotados estás 2(dos) instancias se descalificará al equipo del Torneo con multa de $ 20.000.
Artículo 3: Todos los campos de juego que después de ser aprobados y por su mismo uso no cumplan con lo requerido en el Art. 3 y todos sus Pts. del reglamento general, el equipo sufrirá las siguientes advertencias y sanciones:
1)- Considerando los casos de aquellos equipos que no disponen de su propio campo de juego y hayan decidido ceder o alquilar antes del inicio de cada torneo y en cualquier instancia quieran cambiar la decisión tomada (antes del inicio del torneo), No se aceptará cambios algunos bajo ningún punto de vista, la liga organiza los cronogramas, pedidos a rivales, reservas de campos de juego en alquiler con 15 días de anticipación e inclusive realiza convenios anuales con predios para que el costo del alquiler sea razonable y de aceptar cambios, perjudicaría a las concesiones y por ende se perdería estos convenios. A su vez el pedido a un rival de jugar en su cancha implica Organización, Tiempo y Costo, por lo tanto, a último momento manifestarle a un determinado delegado o concesionario que no se va a jugar en su cancha pedida 15 días antes es un perjuicio para todos, No se aceptarán ningún cambio de último momento, de negarse será sancionado con la aplicación de Walk-Over y gastos que haya generado la reserva del predio o preparación de cancha en un country o barrio privado.
2)- Se advierte al responsable del equipo por escrito vía e-mail, notificando la irregularidad que se detectó, solicitándole que en un plazo no mayor de 7(siete) días a partir del envío de la notificación, solucione la misma.
Agotado el plazo y sin solucionar la irregularidad, se sancionará al equipo con una multa económica de acuerdo al siguiente criterio:
a)- Falta de marcaciones o poco visibles:
De reincidir el equipo en la misma u otra irregularidad 1.a, el tribunal de disciplina sancionará al equipo con la suspensión del campo de juego hasta tanto no solucione el inconveniente y se le aplicará el doble de sanción económica de acuerdo a la tabla vigente y descripta con anterioridad.
En los casos que no se pueda jugar por no estar la cancha marcada en su totalidad y agotado un tiempo prudencial 15’ o 20’, el árbitro cerrará la planilla de juego informando lo sucedido.
Se aplicará Walk-Over y multa económica de $ 10.000 al equipo local por no contar con el campo de juego marcado correctamente como se indica en el reglamento.
De reincidir el mismo equipo en esta irregularidad, se le aplicará nuevamente Walk Over, perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento y multa económica de $ 15.000 por reincidir. No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos. De continuar con estas irregularidades, se suspenderá el campo de juego aplicándosele sanción económica de $ 20.000 por cada partido que se le mantenga la suspensión del campo de juego.
b)- Las superficies de los campos de juego que no cumplan con lo reglamentado en el Art. 3 pto. 3.4 del reglamento general, se advierte al responsable del equipo por escrito vía e-mail, notificando la irregularidad que se detectó, solicitándole que en un plazo no mayor de 7(siete) días a partir del envío de la notificación, presente una estrategia para solucionar el inconveniente.
Agotado el plazo y sin recibir la Organización solución alguna, se suspenderá el campo de juego por tiempo ilimitado hasta tanto no realicen los mantenimientos correspondientes. Se sancionará al equipo con una multa económica de $ 10.000.
De reincidir el mismo equipo en esta irregularidad, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento y multa económica de $ 15.000 por reincidir.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
De reincidir con la irregularidad o continuar sin solución alguna, el tribunal sancionará al equipo con la suspensión del campo de juego por tiempo ilimitado hasta tanto solucione la irregularidad.
c)- Los arcos que no cumplan con lo reglamentado en el Art. 3 pto. 3.6 del reglamento general, el procedimiento a seguir es el mismo que el pto. B respecto a las superficies. Excepto la sanción económica que será de $ 7.000. Con respecto a detectar falta de redes, mal colocadas o dañadas, el procedimiento y sanción será el mismo que el pto. A con sanción económica de $ 10.000.
De reincidir con la irregularidad o continuar sin solución alguna, el tribunal sancionará al equipo con la suspensión del campo de juego por tiempo ilimitado hasta tanto solucione la irregularidad.
d)- Los equipos que no cuenten con las instalaciones apropiadas como lo indica el Art. 3 pto. 3.7 del reglamento general, no podrán participar.
La Organización considerará aquellos casos que presenten alguna alternativa.
e)- Los equipos que no acepten o se nieguen a utilizar un campo de juego de césped sintético se le aplicará Walk-Over (pérdida de puntos) con sanción económica de $ 10.000.
De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento. No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos. Se sancionará con una multa económica de $ 15.000.
f)- Los equipos que no cumplan con lo dispuesto en el Art. 3 pto.11, se le aplicará Walk-Over (pérdida de puntos) con sanción económica de $ 10.000. De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos. Se sancionará con una multa económica de $ 15.000.
g)- Los campos de juego que no cuenten con lo requerido en el Art. 3 pto. 13 del reglamento general, se advierte al responsable del equipo por escrito vía e-mail notificando la irregularidad que se detectó, solicitándole que en un plazo no mayor de 7(siete) días a partir del envío de la notificación solucione la irregularidad, agotado el plazo, se sancionará económicamente con una multa de $ 10.000. De reincidir, se suspenderá el campo de juego hasta tanto no solucione la irregularidad y se sancionará económicamente con una multa de
$ 15.000.
Artículo 4: Como lo indica el Art. 4 del Reglamento General, la Organización tiene el derecho a no permitirle participar a un jugador, equipo, simpatizante, etc. en los torneos organizados por esta Liga, inclusive prohibir el ingreso a los clubes y adyacentes a los campos de juego. Los clubes y delegados estarán obligados a hacer cumplir en conjunto con la organización la reglamentación vigente caso contrario será sancionado el equipo por no acatar la resolución del tribunal de disciplina con una multa económica de $ 10.000 y sanción al involucrado o los involucrados. De reincidir en el no cumplimiento el mismo equipo, se le aplicará Walk Over con pérdida de puntos y multa económica de $ 15.000. De reincidir por tercera vez el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos. Se sancionará con una multa económica de $ 20.000.
Artículo 5: Todo equipo, Country y/o Bº Privado que no cumpla con lo establecido en el Art. 5 del reglamento general en su totalidad o parcialmente, será sancionado de acuerdo a lo que a criterio de la organización considere apropiado, desde una advertencia hasta la descalificación del torneo, asumiendo el Country y/o Bº Privado y/o Equipo todos los gastos surgidos de las distintas diligencias.
El jugador que no presente en término la declaración jurada de salud no podrá participar. Como así también y de ser necesario la Organización podrá solicitar a los delegados y/o Countries y Bº Privados de cada equipo el o los comprobantes de aptitudes físicas, constancia de servicio de emergencias médicas, constancia de contar con un desfibrilador, autorizaciones para desarrollar la actividad (torneos de fútbol) de los inscriptos en listas de buena fe y sus agregados. Se notificará por escrito dicho pedido y en un plazo no mayor a 7(siete) días, deberán presentar a esta Organización los comprobantes solicitados, caso contrario se considerará haber omitido dicho equipo lo solicitado en el Art. 5 del reglamento general, debiendo asumir en su totalidad toda responsabilidad y gastos que genere dicha situación, será sancionado el Country y/o Bº Privado y/o Equipo con una multa económica que puede oscilar desde $ 20.000 hasta $ 30.000, sin perjuicio de los gastos que ocasionarán la situación del lesionado.
Los equipos que no cumplan con la presencia de personal de seguridad en el momento del partido por 1º vez, se los sancionará con una multa de $ 7.000, de reincidir se les aplicará Walk-Over y multa económica de $ 10.000. Agotada estas dos instancias automáticamente se le suspenderá el partido aplicándosele Walk-Over y multa económica de $ 15.000. A posterior la organización evaluará su desvinculación de los torneos por no acatar la reglamentación vigente.
Los equipos que no cuenten con un desfibrilador (DEA) en sus instalaciones, deberán notificar y solicitar a esta organización un plazo razonable para la compra del mismo. Caso contrario se los sancionará con una multa de $ 10.000, de reincidir se les aplicará Walk-Over y multa económica de $ 15.000. Agotada estas dos instancias automáticamente se le suspenderá el partido aplicándosele Walk-Over y multa económica de $ 20.000. A posterior la organización evaluará su desvinculación de los torneos por no acatar la reglamentación vigente.
Artículo 6: Todo equipo, delegado, profesor, técnico, jugador, público, etc. que no respete lo establecido en el Art. 6 del Reglamento General, la organización posee las facultades para sancionar, multar, expulsar del campeonato, etc. lo que a su criterio y buena fe considere apropiado, sin obligación de fundamentar los motivos de su decisión.
Artículo 7: Queda totalmente prohibido el uso del nombre “Liga Intercountries de Fútbol Zona Norte” o sus siglas L.I.F.Z.N. para cualquier destino sin la expresa autorización de sus organizadores. Serán sancionados aquellos que sin autorización alguna utilice la marca registrada con multas económicas y/o en caso que se considere las acciones legales correspondientes.
Artículo 8: La Liga no autorizará a participar a ningún equipo que no se denomine como lo indica el nombre de su Country o Barrio Privado.
Aquellos que durante el desarrollo de los torneos deseen cambiar el nombre del equipo no se les permitirá realizar el cambio hasta la finalización del año en curso. Será evaluado por la organización su cambio y/o aprobación o no de dicho cambio.
Los equipos con su nombre que participen de una determinada división y soliciten el cambio de nombre automáticamente deberán jugar en una división inferior, no podrán cambiar de nombre perteneciendo a una división determinada.
En los casos que se autorice a un equipo invitado a participar de un determinado torneo, este se identificará según su representación.
Artículo 9: Todo equipo, delegado, jugador, etc. que no acepte lo dispuesto en el Art. 9 del reglamento general, se sancionará con la aplicación de Walk-Over y sanción económica de $ 10.000. De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos. Se sancionará con una multa económica de $ 15.000.
Agotado estás dos instancias se descalificará al equipo y se lo sancionará económicamente con una multa de $ 20.000.
Artículo 10: Si la omisión de alguno de estos datos, o su reemplazo por otros nombres o apodos, falsificación de firmas causa confusión sobre la identidad de un determinado jugador, se interpretará en contra del equipo que haya cometido la falta. Se utilizará el mismo criterio si el error proviene de las planillas de juego, pudiendo la organización rechazar la incorporación de un equipo, sancionar al mismo si estuvieren participando o aplicar la descalificación directa.
10.1 En los casos que se detecten omisiones en las listas de buena fe, se notificará al responsable del equipo que en término de 5(cinco) días deberá cumplimentar los datos omitidos. Agotado el plazo se inhabilitará al jugador.
Si la omisión proviene de las planillas de juego, se utilizará el mismo criterio y plazo de la lista de buena fe. Agotado el plazo se sancionará al equipo con una multa económica de
$ 10.000 y se inhabilitará al jugador hasta tanto no actualice o aclare al tribunal de disciplina los motivos de la omisión.
10.2 En los casos de falsificación de firma, reemplazo por otros nombres o apodos en la planilla de juego, automáticamente se inhabilitará al jugador hasta tanto no se apersone a la Organización para declarar ante el tribunal de disciplina y este resuelva lo contrario, también se sancionará al equipo con la aplicación del Walk Over y sanción económica de $ 10.000.
En los casos que un equipo reincida en lo mencionado en el punto 10.2, se inhabilitará al equipo con todas las sanciones mencionadas anteriormente y con una multa económica de
$ 15.000.
La descalificación se mantendrá vigente hasta tanto el tribunal de disciplina se expida, por lo contrario.
10.3 La incorporación de un jugador sin previa notificación a la Organización será sancionada con la aplicación de Walk Over y sanción económica que oscila desde un mínimo de $ 10.000 hasta un máximo de 15.000, excepto haya el delegado rival autorizado su incorporación el día del partido, no pudiendo autorizar en semi finales y finales o últimas dos fechas de torneos.
De reincidir un equipo se aplicará Walk Over y sanción económica de $ 20.000.
Agotado estás dos instancias se descalificará al equipo y se lo sancionará económicamente con una multa de $ 25.000.
10.4 Todo equipo que en las últimas 2(dos) fechas, finales o lo que determine la organización de cada campeonato incorpore uno o más jugadores, se sancionará al equipo con Walk-Over y multa económica de $ 15.000. De reincidir el mismo equipo, se lo descalificará automáticamente de la liga con las sanciones económicas correspondientes. En los casos que se autorice la incorporación de un arquero por el cambio del titular que ha sufrido una lesión comprobable como indica el Art. 10 del reglamento general y el mismo no mantenga su posición por el cual fue autorizado el reemplazo (arquero) o no presente los comprobantes médicos, se sancionará al equipo con Walk-Over y multa económica de $ 20.000.
10.5 En los casos que la organización y tribunal de disciplina considere que un equipo del mismo barrio y categoría pretende usar la plaza de la división superior de un año a otro por los motivos que fueren, esta organización No autorizará la participación dado que para subir de categoría deben ascender o la liga ofrecerle una plaza vacante de acuerdo a reglamentaciones vigentes, no se puede reemplazar a un equipo por otro, excepto que el equipo de la división superior mantenga en su listado más del 50 % de la plantilla vigente.
Artículo 11: Un equipo que incorpore un jugador en su lista de buena fe o en cualquier instancia del torneo que no pertenezca al Country o Barrio Privado de acuerdo a lo establecido en el Art.11 pto. 11.1. y Art. 8 del reglamento general, quedará automáticamente inhabilitado, se sancionará al equipo con la aplicación de Walk Over y recibirá una multa económica de $ 10.000. De reincidir el mismo equipo se lo descalificará con la aplicación de una multa económica de $ 15.000.
El delegado que no identifique en su lista de buena fe a los inscriptos invitados o que en el transcurso del campeonato anote a otro invitado sin previa notificación a la organización será sancionado con inhabilitación del jugador. De reincidir el mismo equipo, se le aplicará Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
Se sancionará con una multa económica de $ 10.000. Agotados estás dos instancias se descalificará al equipo y se aplicará una multa económica de $ 15.000.
Los equipos que no presenten el correspondiente certificado de propietario de los ex jugadores profesionales en tiempo y forma, serán dados de baja automáticamente hasta tanto no cumplan con el trámite solicitado.
La inclusión de un ex jugador profesional sin la certificación de propietario, será causa suficiente para considerar la incorrecta inclusión del mismo, sancionando al equipo con la aplicación del Walk-Over del partido que haya participado y sanción económica de $ 10.000.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos. De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento con una sanción económica de $ 15.000. Agotados estás dos instancias se descalificará al equipo y se aplicará una multa económica de $ 20.000.
El equipo que inscriba un mismo jugador en dos listas de buena fe de la misma división y categoría o durante el transcurso de los torneos participe para 2(dos) equipos o más, sea del mismo Country, Barrio Privado o no, de acuerdo a lo reglamentado en el Art. 11 pto. 11.4. y Art. 8 del reglamento general, quedará el jugador automáticamente inhabilitado para continuar participando de los torneos y el equipo recibirá una multa económica de $ 10.000. De reincidir el equipo, se descalificará al mismo recibiendo una multa económica de $ 20.000. En todos los casos se aplicará Walk Over.
De acuerdo a lo reglamentado en el Art. 11 Pto. 11.4 referente a un jugador en dos listas de buena fe y ambos delegados quieren mantener el mismo en sus listas sin darle de baja; agotado el tiempo prudencial de espera la organización consultará al jugador para que equipo quiere jugar, el jugador será quien resuelva para quien juega y de no resolverlo será inhabilitado hasta tanto no se defina para que equipo va a jugar, la misma será por tiempo indeterminado hasta tanto el jugador resuelva.
Se penalizará al equipo que incorpore un jugador fuera de las clases y edades permitidas, también aquellas excepciones que no se encuentren reglamentariamente en condición de jugar y aquellos equipos que no cumplan con el cupo permitido en cancha de excepciones, de acuerdo a lo establecido en el Art. 11 pto. 11.2 y 11.3 del reglamento general (excepto aquellas excepciones extraordinarias autorizadas por la Liga y que figuren en la planilla de juego) con la aplicación de Walk Over y sanción económica de $ 10.000. De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
Se sancionará con una multa económica de $ 15.000. Agotadas las dos instancias se descalificará al equipo y se multará económicamente con $ 20.000.
Artículo 12: Ningún jugador podrá participar del encuentro si no se acreditó con su documento ante el árbitro, veedor o supervisor antes del inicio o en el transcurso del mismo en los casos que llegue algún jugador una vez iniciado el partido.
Todo jugador que participe de un encuentro sin haberse acreditado se lo sancionará con inhabilitación y sanción económica al equipo de $ 10.000, aplicándosele Walk Over.
De reincidir el mismo equipo en la incorporación de un jugador sin acreditación previa se sancionará al jugador con la inhabilitación y multa económica al equipo de $ 15.000 aplicándosele Walk Over con pérdida de puntos de todos los partidos jugados hasta el momento.
De reincidir el mismo equipo por tercera vez se inhabilitará a todo el equipo del torneo con una multa económica de $ 20.000.
En ningún caso se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
En los casos que se compruebe el intento de la incorrecta inclusión de un jugador antes del inicio del partido, durante el control de la documentación o durante el desarrollo del mismo y siempre y cuando no altere, perjudique al equipo que está correctamente acreditado por parte del veedor y árbitro, el partido se desarrollará normalmente y a posterior el tribunal de disciplina tomará las medidas y sanciones que considere apropiadas, sanción al jugador que presto el documento, multa al equipo y advertencia que de reincidir en estos intentos de incorrecta inclusión de jugadores serán sancionados con las máximas penas.
En los casos que se compruebe la incorrecta inclusión de un jugador durante el desarrollo o finalizado el partido y esta situación haya perjudicado al rival se lo considera ganador del mismo al equipo que reglamentariamente se encontraba en el momento de inicio del partido otorgándole los puntos y los goles a su favor.
Si el equipo beneficiado indirectamente se encontraba con un resultado a su favor, se mantiene el mismo.
Si el equipo beneficiado indirectamente una vez finalizado el encuentro se encontraba con un resultado en contra, éste se le otorgará invirtiendo el mismo.
En el caso de estar iguales ídem a resultado en contra.
Artículo 13: Todo equipo que decida abonar la inscripción en cuotas, deberá realizar el pago entre 1º y 24º día de cada mes, caso contrario y vencido el plazo, se cobrará intereses punitorios. Todo equipo que al día 24 (veinticuatro) de cada mes no abonó la cuota correspondiente, no podrá participar de la o las fechas subsiguientes, hasta tanto no regularice la situación, aplicándosele las sanciones correspondientes Walk Over y sanción económica.
Todo equipo que no abone en tiempo y forma el plus adicional que indica el Art. 13 del reglamento general y el anexo 13 bis del Art. 13 del reglamento general, se le otorgará 10’ de tolerancia para que salde el mismo, agotado el plazo, el veedor transmitirá al árbitro el cierre de planilla de juego por no abonar el plus adicional. Se le aplicará Walk Over con sanción económica.
Todo partido suspendido por los motivos que fueren se deberá abonar igual el plus adicional, el mismo es parte integral del costo de inscripción. La regularización del pago tendrá un plazo de 7(siete) días (hasta la próxima fecha) para que el delegado abone antes de iniciar el encuentro junto con el plus de la fecha correspondiente. En el caso que no abone la totalidad, no se le permitirá jugar y se le aplicará Walk Over con sanción económica.
Los partidos reprogramados por la Liga cuando fueran suspendidos anteriormente por razones climáticas, etc. los equipos deberán abonar un viático que establecerá la Liga en su oportunidad. En el caso de no abonar el mismo tendrá un plazo de 7(siete) días (hasta la próxima fecha) para que el delegado abone antes de iniciar el encuentro junto con el plus de la fecha correspondiente. En el caso que no abone la totalidad, no se le permitirá jugar y se le aplicará Walk Over con sanción económica.
En el caso que un delegado de un equipo no se responsabilice del compromiso económico asumido, se notificará a la comisión directiva del club al cual pertenece.
Agotadas estas instancias se procederá a la desafiliación del equipo de la Liga y a la inhabilitación de todos los jugadores inscriptos en la lista de buena fe hasta tanto no regularicen la deuda. Recordamos que con el solo hecho de participar un club, country o barrio privado en los torneos organizados por La Liga Intercountries de Fútbol Zona Norte asume la responsabilidad de cumplir con todos sus artículos y reglamentaciones.
En los casos de fuerza mayor que la Organización haya tenido que incrementar los valores de las Cuotas y Plus adicional y algún equipo este en desacuerdo, no lo apruebe y se niegue afrontar dicho incremento, la organización otorgará un plazo de 7(siete) días para que reconsidere y de continuar con la misma postura no se le permitirá jugar las fechas subsiguientes aplicándosele Walk Over y reglamentaciones vigentes hasta tanto considere que dicho incremento ha sido por causa de fuerza mayor.
Artículo 15: La participación en los torneos Organizados por la Liga Intercountries de Fútbol Zona Norte convoca a los equipos a concurrir a la convocatoria de Entrega de Premios Anual. Los premios se entregarán exclusivamente el día de la realización de la entrega de premios o lo que considere apropiado realizar la organización. Perderá todo derecho de reclamos de premios aquel equipo que no haya asistido a la entrega de premios. Los premios una vez finalizada la entrega de premios, permanecerán en un depósito de la Liga hasta el inicio de la próxima temporada que entre los meses de abril y junio podrá retirarlos de la Liga, agotado este plazo perderá todo derecho a reclamo de los premios obtenidos en la temporada anterior, quedan excluidos los que vinieren del sponsor y hayan sido entregados anteriormente.
Artículo 20:
A)- Como lo indica el Art. 20 pto. A del reglamento general, no se aceptarán pedidos de suspensión de fechas, partidos y reprogramaciones. Todo equipo que no cumpla con la reglamentación, será sancionado con Walk-Over y sanción económica de $ 10.000.
De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
Se sancionará con una multa económica de $ 15.000. Agotados estás 2(dos) instancias se descalificará al equipo del Torneo con multa de $ 20.000.
B)- Todos los delegados deberán llamar telefónicamente a la Organización como lo indica el Art. 20 pto. B del reglamento general, (11-15-5249-2218) o (348-44-25932). NO POR MAIL.
La Organización no considerará ningún caso ni aceptará reclamo alguno.
Todo equipo que no cumpla con la reglamentación, será sancionado con Walk-Over y sanción económica de $ 10.000. De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
Se sancionará con una multa económica de $ 15.000. Agotados estás 2(dos) instancias se descalificará al equipo del Torneo con multa de $ 20.000.
C)- Si algún equipo no juega desacreditando lo establecidos en el Art. 20 pto. C, se los sancionará con aplicación de Walk-Over y multa económica de $ 10.000. De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
Se sancionará con una multa económica de $ 15.000. Agotados estás 2(dos) instancias se descalificará al equipo del Torneo con multa de $ 20.000.
D)- En los casos que la Organización haya suspendido una fecha en su totalidad o partidos en particular según Art. 20 D del reglamento general, la misma o los partidos se reprogramarán antes de la culminación del torneo y de ser necesario en días de semana por la noche, feriados, etc. Los equipos deberán obligatoriamente aceptar dichas programaciones sin derecho a reclamo alguno. Agotado el fixture y calendario para poder reprogramar el mismo (la organización se reserva el derecho de considerar cuando está agotado el tiempo para poder reprogramar) la Liga dará por finalizado el mismo, pudiendo resolver la situación de la manera que lo considere mas pertinente, (no otorgar puntos a ningún equipo, un punto a cada uno, tres puntos ambos o a uno en particular de acuerdo a cada caso y de buena fe).
En los casos que el árbitro o veedor deban parar un partido por razones climáticas una vez iniciado el mismo, se esperará un tiempo prudencial (máximo 30’) para ver si se puede reanudar. En el caso que continué desfavorable el clima y no se pueda continuar debiendo el árbitro y veedor suspender el mismo se resolverá con la reprogramación del tiempo restante de juego o suspensión definitiva en el caso que los delegados estén de acuerdo.
Si un equipo no se presenta a jugar, dejando a su rival en el campo de jugo o avisando el mismo día del partido (jueves por la tarde para el Torneo Nocturno) o (domingo por la mañana para los Torneos Oficiales) se considerará sin aviso previo, se sancionará con la aplicación del Walk-Over y sanción económica de $ 10.000. De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over con la quita y pérdida de todos los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento. En ningún caso tendrá derecho a puntos por haberse presentado a jugar los partidos que hayan sufrido la quita de los puntos.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
Se sancionará con una multa económica de $ 15.000.
De reincidir por tercera vez, se lo descalificará del torneo y se lo sancionará económicamente con $ 20.000.
Si un equipo no se presenta a jugar y aviso a esta Organización como mínimo un día antes del inicio del encuentro (vía telefónica con personal de la Liga), se sancionará con Walk Over y por esta única vez no se lo sancionará económicamente. De reincidir idem a sin previo aviso.
E)- Si un partido lo suspende el árbitro por mal tiempo e impide la continuación del mismo habiéndose agotado un tiempo prudencial de espera o por causa de lesiones de algún jugador, el mismo deberá reprogramarse en fecha a designar por la organización manteniendo el resultado hasta el momento de la suspensión, planilla de juego y sancionados, no se podrá incorporar jugadores en la reprogramación. Los gastos que ocasione dicha reprogramación correrán por cuenta de los equipos.
Si un partido lo suspende el árbitro por una gresca generalizada o cualquier situación que el árbitro considere apropiado suspender el encuentro (impedir los jugadores que continué con el desarrollo normal, agravios generalizados, intentos de agresiones, amenazas a su persona, al veedor, no poseer garantías para continuar con el desarrollo normal, etc.) el mismo no se reprogramará o podrá reprogramarse el tiempo restante de acuerdo a cada caso y a criterio de la organización y tribunal de disciplina.
Las sanciones en los casos que se apliquen corresponderán al artículo 27 del reglamento general de transgresiones y penas.
De acuerdo a la resolución del tribunal de disciplina se podrá otorgar como ganador del partido al equipo que a criterio de dicho tribunal lo considere oportuno o a ninguno, aplicándoseles a ambos Walk-Over o a uno en particular o a ninguno. En estos casos no se aceptará ningún tipo de reclamo o apelación alguna.
En los casos que se reprograme el tiempo restante, ambos equipos deberán aceptar sin objeción algún día, hora de juego y gastos que ocasione dicha reprogramación. Aquel equipo que no acepte automáticamente se le aplicará Walk – Over con sanción económica.
En los casos que el equipo por intermedio de su delegado decida no jugar el tiempo restante, automáticamente se dará por finalizado el partido manteniendo el resultado al momento de la suspensión siempre que el equipo que decidió no jugar su resultado sea adverso, caso contrario se modificará el mismo considerándolo ganador al equipo que sí acepto jugar la reprogramación del tiempo restante.
Si un partido lo suspende el árbitro de común acuerdo de los equipos por los motivos que fueren, se mantendrá el resultado al momento de la suspensión sin ser reprogramado el tiempo restante.
Agotado el fixture y calendario para poder reprogramar el mismo (la organización se reserva el derecho de considerar cuando está agotado el tiempo para poder reprogramar) la Liga dará por finalizado el mismo, pudiendo resolver la situación de la manera que lo considere más pertinente, (no otorgar puntos a ningún equipo, un punto a cada uno, tres puntos ambos o a uno en particular de acuerdo a cada caso y de buena fe).
F)- Los equipos que no cumplan con lo establecido en el Art. 20 pto. F del reglamento general se sancionará con la aplicación del Walk-Over y sanción económica de $ 10.000. De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
Se sancionará con una multa económica de $ 15.000.
De reincidir por tercera vez, se lo descalificará del torneo y se lo sancionará económicamente con $ 20.000.
En los casos que se haya fijado una fecha para la reprogramación y la misma se suspendiera por cualquier motivo y no pudiendo el equipo que acepto la reprogramación jugar en otra fecha o no hubiese chances de reprogramación nueva por finalización de torneo, etc. el partido se dará por perdido con Walk Over al equipo que solicito la postergación. No se sancionará económicamente debiendo abonar el plus correspondiente al partido.
Agotado el plazo de 12 hs. (cómo lo indica el Art. 20 Pto 12 del R. G) se notificará al rival la decisión tomada por el equipo que solicitó la postergación, en los casos de rechazo la notificación será que no se van a presentar y que se les otorgará los Ptos aplicando Walk Over al solicitante. A partir de ese momento y en el caso que el solicitante cambie su decisión y manifieste a la organización que junta gente para jugar, será rechazada la posibilidad de juego dado que se agotaron los plazos establecidos para definir su situación. El rival al ser notificado cambia sus planes del domingo, liberó a sus jugadores y estaría en desventaja. La única excepción sería que el delegado confirme que puede jugar, caso contrario no se jugará y se otorgará los puntos al equipo que en primera instancia estaba en condiciones de jugar.
G)- 1- Si un equipo retira o abandona el torneo en cualquier instancia del mismo, se aplicará el Art. 27 Pto. 16 del R.T. y P. Se multará al equipo económicamente con $ 25.000 y deberá saldar en su totalidad la deuda contraída con la Organización. Automáticamente todos los jugadores inscriptos en la lista de buena fe quedarán inhabilitados hasta tanto no salden la deuda con la organización en su totalidad o parcialmente, tomado como parcialmente la deuda el mínimo permitido de inscriptos en lista de buena fe (10 jugadores). Los mismos no podrán reincorporarse a ningún otro equipo hasta la finalización del torneo en curso (excepto no haya comenzado el torneo).
2- En los casos que un equipo, jugador, o distintos jugadores del mismo equipo reincidan en agresión fisca, se sancionará al jugador con la inhabilitación por tiempo indeterminado y multa económica de $ 15.000 y al equipo en general aplicándosele Walk Over con pérdida de puntos y sanción económica de $ 15.000. De reincidir por tercera vez se desafiliará al equipo automáticamente de la Liga con multa económica que será indicada en su oportunidad e inhabilitación de todos los jugadores del equipo a participar en cualquier equipo que participe en la Liga.
3- Si un partido lo suspende el árbitro porque un equipo manifiesta, decide que no jugará el partido o se retira del campo de juego (excepto que deban retirarse para asistir a un compañero por lesión u otro motivo que amerite el retiro) una vez iniciado el partido encontrándose reglamentariamente para iniciar el encuentro o continuar el mismo no se reprogramará.Automáticamente se lo considerará ganador del partido al equipo que se encontraba en el campo de juego en condiciones de iniciar o continuar el partido aplicándosele Walk-Over al equipo que decidió no comenzar el encuentro o decidió retirarse una vez iniciado el mismo.
Las sanciones en los casos que se apliquen corresponderán al artículo 27 del reglamento general de transgresiones y penas.
De acuerdo a la resolución del tribunal de disciplina se podrá otorgar como ganador del partido al equipo que a criterio de dicho tribunal lo considere oportuno, aplicándosele Walk-Over a quien considere necesario. En estos casos no se aceptará ningún tipo de reclamo o apelación alguna. En los casos que se aplique el Walk-Over, se sancionará con una multa económica de $ 10.000. De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
Se sancionará con una multa económica de $ 15.000.
De reincidir por tercera vez, se lo descalificará del torneo y se lo sancionará económicamente con $ 20.000.
H)- Todo equipo penalizado económicamente deberá saldar la misma durante la semana previa a la fecha, no se permitirá jugar hasta saldar la deuda.
De no saldar la misma se aplicará Walk-Over con sanción económica.
I)- Si un partido durante el desarrollo del mismo se suspende de común acuerdo de los delegados, el mismo se dará por finalizado manteniendo el resultado al momento de la suspensión. Ambos deberán firmar la planilla de juego con la aclaración del acuerdo.
En los casos que el informe del árbitro y veedor manifiesten que la suspensión fue por otros motivos fuera del acuerdo y desarrollo normal del partido, en estos casos el tribunal de disciplina actuará en base al Reglamento de Transgresiones y Penas Art. 27.
Artículo 21:
21.1. Suspensión por lluvia que ponga en peligro la integridad física de los jugadores o imposibilite el desarrollo del juego, se utilizará el criterio del Art. 21 A del reglamento general, teniendo en cuenta que se jugará el tiempo que restaba al momento de la suspensión, debiendo abonar los equipos un viático que fijará la Organización.
21.2. La fecha que reprograme la Organización será única y no se podrá modificar, aquel equipo que no pueda jugar, se le aplicará Walk Over con sanción económica de $ 10.000. De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
Se sancionará económicamente con una multa de $ 15.000.
Agotadas las 2(dos) instancias, se lo descalificará del campeonato y se multará con $ 20.000.
21.3. Considerando el Art. 21 pto. A del Reglamento General donde manifiesta que: siempre y cuando la organización este de acuerdo y no altere el desarrollo de los cierres de torneos semestrales o anuales, en estos casos la organización se reserva el derecho de suspender un partido, no jugarlo, considerarlo como perdido a uno o ambos equipos, darlo por finalizado o considerar ganador a un equipo en particular, de acuerdo a cada caso este tribunal podrá o no otorgar los puntos que considere apropiado sancionando con la aplicación de Walk Over al equipo que haya solicitado la postergación.
21.4. Considerando el Art. 21 pto. B del reglamento general, esta organización no aceptará ningún pedido de revisión de decisión tomada de otorgar los puntos al equipo que estaba en condiciones de jugar la fecha preestablecida en fixture.
Artículo 23: En el caso que el tribunal de disciplina por intermedio de la Organización cite a un jugador, técnico, delegado, etc. este deberá presentarse en el día y hora fijada por la Organización de forma obligatoria.
De no presentarse dará motivo para que este tribunal se expida de un fallo definitivo en base a los informes recibidos, sin derecho a reclamo alguno.
El tribunal de disciplina como menciona su reglamento general se reserva el derecho de tomarse el tiempo que considere necesario para expedirse de los fallos sin derecho a reclamo de los delegados y jugadores, el mismo para hacer todas las indagaciones necesarias buscando ser lo más justo posible a la hora de aplicar el reglamento.
Artículo 24: Todo jugador, técnico, persona del público que deba cumplir fechas de suspensión como lo indica el Art. 24 del reglamento general deberá ser con su próximo rival sin tener en cuenta la fecha, correlatividad del fixture, reprogramación, si es una final, etc. Aquel suspendido que cumpla en cualquier momento que él o su delegado lo considere no tendrá validez alguna, deberá cumplir como lo indica la reglamentación.
En los casos que no cumplan con las fechas de suspensión desacreditando las sanciones aplicadas por el tribunal de disciplina, se sancionará al jugador con suma de fechas o inhabilitación, aplicación de Walk Over al equipo en caso de haber ganado o empatado y multa económica a criterio del tribunal de disciplina. De reincidir el mismo jugador y equipo en el no cumplimiento de las sanciones establecidas por el tribunal de disciplina, se sancionará al equipo con Walk Over en caso de haber ganado o empatado y multa económica a criterio del tribunal de disciplina e inhabilitación al jugador por tiempo indeterminado. De suceder estos hechos por tercera vez, automáticamente se desafiliará al equipo con todas las sanciones correspondientes.
Para los casos de jugadores que estén inscriptos como lo indica el reglamento en dos listas de buena fe y deba cumplir fechas en un determinado equipo, el delegado deberá realizar la consulta a la organización para asegurarse si está habilitado o no para jugar en el otro equipo que está inscripto. Los jugadores que hayan sido expulsados por conductas violentas, antideportivas o incorrectas según cada caso no podrán participar en el otro equipo.
En los casos que un jugador haya sido expulsado en un partido y quiera jugar en el 2do. Turno estando en la lista, no podrá hacerlo hasta tanto el tribunal se expida en el próximo boletín informativo. En el caso que juegue se sancionará al jugador agregándole fechas de suspensión y posibles sanciones económicas.
Los jugadores inhabilitados que fueran demandados judicialmente y tengan una causa abierta, la Liga se reserva el derecho de habilitarlo o no nuevamente y por última vez habiendo cumplido como mínimo el año de inhabilitación. Deberán saldar la multa impuesta en su oportunidad, caso contrario no serán habilitados.
Los delegados que no controlen a los jugadores inhabilitados o sancionados con fechas a presenciar el partido (en los casos que así lo disponga este tribunal de disciplina) como así también a los jugadores que sancionados con fechas o inhabilitados jueguen desacreditando los tiempos de sanción serán sancionados con advertencia o cumplimiento de fechas o multa económica, según los casos y a criterio de este tribunal de disciplina. Se considerará aquellos que de buena fe acepten el error cometido.
Artículo 27: Todo equipo que de o se le aplique la Ley del Walk-Over deberá abonar igualmente el plus adicional y una multa económica que oscilará desde un mínimo de $ 10.000 hasta un máximo de $ 25.000 (según los casos) debiendo depositar la misma en los plazos indicados por el tribunal de disciplina.
Modalidad con las tarjetas y sanciones.
Amonestado por:
1) Mano, demorar o tomar al rival, juego brusco, protestar, discutir o reiterar faltas y todas aquellas situaciones prohibidas que considere el árbitro del encuentro de acuerdo a lo establecido por la Asociación de Fútbol Argentino.
Expulsado por: Sanciones
2) Doble amonestación, mano, demorar, tomar al rival, falta a destiempo, clara manifestación de gol (ex último recurso) y todas aquellas sanciones que el tribunal considera ser advertidas. (Según el caso y por única vez en el torneo). La Advertencia es una 1º sanción. Como así también el tribunal de disciplina posee las facultades para aplicar las fechas que considere oportuno.
0(cero) fechas y advertencia.
3) Juego brusco, patada al rival, protestar, discutir, reiterar faltas, golpe con el brazo en el rostro (en el salto, protección, etc. situaciones leves), amenazas a compañeros, rivales, jueces, autoridades, público, insulto. 1(una) a 2(dos) fechas.
4) Falta violenta, juego brusco grave, insulto grave e injurias al rival, jueces, público, autoridades y falta de respeto en forma airada, etc. 2(dos) a 4(cuatro) fechas.
5) Conductas incorrectas, violentas o antideportivas, según el caso o situación. 1(una) fecha a inhabilitación del jugador o equipo, multa económica de $ 15.000 al jugador inhabilitado. Suspensión del campo de juego según los casos.
6) Intento de agresión a compañeros, rivales, autoridades, público, empujones, etc. según los casos.
1(una) a 5(cinco) fechas.
7) Agresión física (salivar, golpe de puño, empujones, tomar del cuello, cabezazos, codazos, manotazos, cachetazos en el rostro, patadas con el juego detenido, etc. a compañeros rivales, público o autoridades y todas aquellas que considere el tribunal de disciplina cómo agresión física.)
3(tres) a 10(diez) fechas.
Todo jugador que reincida en agresión física, se lo sancionará económicamente con una multa de $ 10.000 y se lo inhabilitará por tiempo indeterminado.
8) Todo jugador que reincida en expulsión o informe, se le acumulará (a la sanción recibida por dicha expulsión o informe) las siguientes cantidades de fechas:
Agotada la tercera instancia el mismo jugador, se le acumularán fechas que pueden ir desde 4(cuatro) a 10(diez) fechas y deberá abonar una multa económica de $ 8.000, caso contrario quedará automáticamente inhabilitado.
9) Acontecimientos de intento o de agresión, golpes de puños, empujones, etc. por parte del público, jugadores, etc. Multa que puede oscilar entre los $ 10.000 y $ 20.000 según el caso. Expulsión del o los equipos, inhabilitación del o los jugadores. Suspensión del campo de juego, etc. según los casos.
En ningún caso se podrá justificar dichas reacciones y no se aceptarán ningún tipo de descargo ni apelación.
10) Suspensión por tiempo indeterminado al jugador que se compruebe que haya consumido drogas o bebidas alcohólicas dentro de los límites de los countries o Barrios Privados.
11) Incluir en su formación un jugador que no se encuentre en la lista de buena fe, o encontrándose suspendido se lo incorpore al partido. Se aplicará la Ley del Walk-Over en contra del equipo en todos los partidos que éste jugador haya participado. Será sancionado económicamente con una multa que oscila desde un mínimo de $ 10.000 y un máximo de $ 20.000.
12)
A)- Todo jugador que acumule tarjetas amarillas en el torneo en curso, deberá cumplir fechas de acuerdo a la siguiente tabla:
Jugador que acumule 4 tarjetas amarillas. 1(una) fecha.
Jugador que acumule 8 tarjetas amarillas. 2(dos) fechas.
Jugador que acumule 12 tarjetas amarillas. 3(tres) fechas.
Jugador que acumule 16 tarjetas amarillas. 4(cuatro) fechas.
Así sucesivamente durante el desarrollo del torneo.
Cada jugador tendrá derecho POR UNICA VEZ y por torneo a canjear las acumulaciones de amarillas por pago de una multa económica, como lo indica el cuadro que a continuación se detalla:
4 AMARILLAS 1 FECHA CANJE $ 5.000
8 AMARILLAS 2 FECHAS CANJE $ 10.000
12 AMARILLAS 3 FECHAS CANJE $ 15.000
16 AMARILLAS 4 FECHAS CANJE $ 20.000
Así sucesivamente. Reiteramos que por torneo y solamente una vez un jugador puede canjear.
B)- Todo jugador que haya sido expulsado o informado por exceso verbal leve o conducta antideportiva leve, deberá cumplir fechas de acuerdo a la siguiente tabla:
Jugador expulsado por 1º vez. . 1(una) fecha.
Jugador expulsado por 2º vez . 2(dos) fechas.
Jugador expulsado por 3º vez. 3(tres) fechas.
Jugador expulsado por 4º vez. 4(cuatro) fechas.
Así sucesivamente durante el desarrollo del torneo.
Cada jugador tendrá derecho 2(DOS) VECES y por torneo a canjear la sanción por pago de una multa económica, como lo indica el cuadro que a continuación se detalla:
1º VEZ 1 FECHA CANJE $ 6.000
2º VEZ 2 FECHAS CANJE $ 12.000
3º VEZ 3 FECHAS CANJE $ 18.000
4º VEZ 4 FECHAS CANJE $ 24.000
Así sucesivamente. Reiteramos 2(dos) veces por torneo un jugador puede canjear.
13) Si el informe del árbitro o veedor incluyera una falta no tipificada en éste reglamento, el tribunal le impondrá la sanción tomando como parámetro conductas descriptas similares y se aplicará la pena que corresponda. Del mismo modo se procederá con faltas que cometan los simpatizantes, directores técnicos y los suplentes de los respectivos equipos que sean incluidas en el informe tanto por el árbitro como por los veedores.
14) Si un partido debiera ser suspendido por cualquier motivo, el o los equipos que resulten sancionados se le aplicará Walk Over y sanción económica de $ 10.000.
De reincidir el mismo equipo, se le aplicará nuevamente Walk Over y perderá los puntos obtenidos de todas las fechas jugadas hasta el momento.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos. Se sancionará económicamente con una multa de $ 15.000.
Agotadas estás 2(dos) instancias se descalificará al equipo y se lo sancionará con una multa económica de $ 20.000. Todos los jugadores de la lista de buena fe quedarán automáticamente inhabilitados hasta tanto no salden la deuda con la liga.
15) En el caso que un equipo reincida en suspensión del partido por encontrarse en inferioridad numérica de jugadores como lo indica el Art. 27 pto. E del reglamento general, las sanciones a tomar serán las siguientes: a) Multa económica de $ 10.000 b) Se contabilizará DOBLE las sanciones recibidas por los jugadores, Ej.: Expulsión por doble amonestación, acumulará 4(cuatro) amarillas en vez de 2(dos), si tiene que cumplir 2(dos) fechas, deberá cumplir 4(cuatro) y así sucesivamente con los sancionados.
En el caso de reincidir por tercera vez, se multará al equipo con $ 15.000 y perderá todos los puntos obtenidos en el campeonato en curso, seguirá participando sin sumar puntos y esperará al próximo torneo que se expida el tribunal de disciplina para sumar puntos o no.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
16) Abandonar, Retirar o No presentarse a jugar es una falta muy grave para esta liga y para cualquier actividad deportiva, ya que a nadie le gusta estar en el campo de juego esperando a un equipo y enterarse vía telefónica que el equipo rival no se presentará. Por tal motivo la tolerancia para esperar un equipo será de 15’, agotada esta tolerancia el árbitro y veedor se comunicarán con la Organización quien tomará la decisión final.
Si un equipo no se presenta a jugar dejando a su rival en el campo de juego sin aviso previo o avisando con anterioridad, pero fuera de los horarios permitidos para esta situación sábados de 09:00 a 12:00 hs, se sancionará con la aplicación del Walk Over y sanción económica de
$ 10.000.
De reincidir en la misma actitud, se lo sancionará con Walk Over, perdida de todos los puntos obtenidos y sanción económica de $ 15.000.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
De reincidir por tercera vez, se lo descalificará del torneo y se lo sancionará económicamente con $ 20.000. Todos los jugadores de la lista de buena fe quedarán automáticamente inhabilitados hasta tanto no salden la deuda con la liga.
Si un equipo no se presenta a jugar y avisó a esta Organización como mínimo un día antes del inicio del partido y en los horarios de atención de la Liga de semana e inclusive hasta el sábado de 09:00 a 12:00 hs. que se pueda notificar al rival como mínimo el día anterior, se sancionará con Walk Over y por esta única vez no se lo sancionará económicamente. De reincidir idem a sin previo aviso.
Si un equipo se presenta a jugar a pesar de no tener una cantidad de jugadores apropiados, valorizando el espíritu deportivo, evitando que su rival se quede en el campo de juego sin jugar y así y todo no se puede finalizar el encuentro debido a imprevistos como lesiones, etc. no se aplicará Walk-Over al equipo que agoto todos los medios para no dejar a su rival sin jugar, por el contrario, se lo beneficiará con el otorgamiento de 1(un) punto con las respectivas felicitaciones.
Si un equipo abandona un torneo organizado por la Liga Intercountries de Fútbol Zona Norte en cualquier instancia por los motivos que fueren se sancionará con la aplicación del Walk Over en todos los partidos subsiguientes del fixture y sanción económica de $ 20.000, debiendo también abonar los Plus Adicionales de cada partido restante del fixture.
No se beneficiarán con el otorgamiento de puntos los equipos que hayan jugado con el sancionado. Conservarán el resultado y puntos obtenidos.
En el caso que se resuelva no jugar un partido por calendario agotado, fixture finalizado y todo motivo que la organización considere apropiado, no se sancionará al equipo con Walk Over, se otorgarán los puntos a quien corresponda y considere el tribunal de disciplina amparándose en el Art. 16 del R. G. (situaciones no previstas) debiendo abonar el plus correspondiente al partido.
En los casos que la Liga considere alguna notificación de un delegado que no podrán asistir a un partido en horarios fuera de los habituales y el motivo acredite causa mayor justificable (accidente de tránsito, fallecimiento de familiar directo, etc.) la Liga notificará al rival y le informará dichos motivos comunicándole que el mismo deberá reprogramarse siempre y cuando no altere la definición de los torneos, inicios de otros torneos y que el rival cuente con sus jugadores para dicha reprogramación y la Liga será quien defina si se jugará o no. De no poder reprogramarse se otorgarán los puntos al equipo que estaba en condiciones de jugar.
El equipo que solicito la postergación deberá abonar el Plus correspondiente al partido se juegue o no el mismo y de reprogramarse deberá nuevamente abonar el plus del partido.
17) El equipo local juegue en su propio Country, Barrio Privado o en un predio alquilado es responsable por la perdida de los balones. Es de público conocimiento los valores elevados de los mismos y las dificultades que hoy existen para conseguir en los importadores balones en cantidad y calidad, por tales motivos recomendamos instrumentar los medios para que no se extravíen (redes de contención, personas para buscar los mismos, personal de seguridad, etc.)
Se recomienda a cada delegado o capitán de cada equipo local, asegurarse con el veedor deportivo que los mismos estén al finalizar los partidos, firmar en la planilla de veedores que los 3 (tres) balones una vez finalizado el encuentro están en su poder.
Se cobrará al equipo local el costo de cada pelota que se pierda de acuerdo al valor de mercado. El mismo deberá abonarse la semana previa a la fecha siguiente, caso contrario, se descontará del pago de las cuotas de inscripción, incrementándose así las mismas.
En el caso que un equipo se niegue a abonar las mismas, quedará imposibilitado de jugar las próximas fechas hasta tanto no regularice su situación.
Los veedores deportivos una vez finalizado el partido y habiéndose extraviado uno o más balones, le solicitarán al delegado la firma de la nota redactada de responsabilidad de los mismos y compromiso a abonar la misma, de negarse a firmar, quedará asentado y se procederá según reglamentación vigente.
18) El o los equipos que una vez finalizado cada torneo (Apertura, Clausura o como se denominen con el sistema de todos contra todos) obtengan en el 1º puesto la misma cantidad de puntos y se nieguen a jugar un partido desempate, triangular, cuadrangular, etc. según cada caso y como lo indica el Art. 27 pto. J del reglamento general, perderá automáticamente los puntos y el partido, aplicándosele Walk-Over y las sanciones económicas correspondientes. De acuerdo a cada caso y a decisión del tribunal de disciplina ocupará la posición que este tribunal le otorgue sin derecho a reclamo alguno.
19) Las sanciones aplicadas por el tribunal de disciplina en un torneo deberán cumplirse en el torneo en curso o en el próximo, sea o no del mismo año.
20) Los equipos que no respeten lo reglamentado en el Art. 27 pto. K del reglamento general respecto a la uniformidad en las camisetas con números identificatorios, uso de medias de fútbol y canilleras, serán sancionados de acuerdo a la siguiente tabla:
1º VEZ ADVERTIDOS.
2º VEZ ADVERTIDOS SEVERAMENTE CON MULTA DE: Falta de Camisetas $ 5.000, Falta de Medias de Fútbol $ 2.500 y Falta de Short de Fútbol $ 2.500.
3º NO SE LE PERMITIRÁ PARTICIPAR HASTA TANTO CONCURRA CON LA uniformidad de las camisetas CON MULTA DE $ 5.000.
Se informa que si bien el uso de canilleras (uso recomendado) y medias de fútbol está reglamentado su utilización a partir del 2013 no significa que aquellos que no las usen se les prohibirán participar. El pedido de los veedores y árbitros es para recordarles que su uso es pura y exclusivamente para protección del jugador. Por lo tanto, solicitamos transmitir a sus jugadores esta reglamentación evitando así malos entendidos los días de los partidos, como así también que es bajo su responsabilidad no usar las canilleras y medias de fútbol.
21)- Para los casos de cierres de campos de juego por factores climáticos dónde desde el punto de vista del árbitro puede desarrollarse, pero la comisión del country o barrio privado considere cerrar el mismo para preservarlo se definirá con la reprogramación del mismo más allá de haber asistido el rival y el cierre sea en el momento del inicio del partido. Esta excepción al reglamento de AFA es pura y exclusivamente para acompañar la Liga en la decisión tomada considerando los costos elevados del mantenimiento de los campos de juego. La Liga fijará un día de juego y los viáticos que deberán ser abonados por el equipo que debió cerrar el campo de juego. En el caso que algún equipo no haya abonado el plus adicional el día del partido, deberán abonarlo el día de la reprogramación siendo cada equipo responsable de ese pago. Los equipos involucrados deberán aceptar el día y costos informados, en el caso que algún equipo se niegue a la reprogramación o pago informado se le aplicará Walk Over.
En los casos que no queden fechas disponibles para la reprogramación y el partido no definiera ninguna clasificación o posición se cerrará el mismo sin otorgarle los puntos a ninguno de los dos equipos.
En los casos que sea un partido clave que defina alguna clasificación, posición en la tabla, o cualquier situación que de ese partido definiera situaciones de otros equipos, el mismo será reprogramado incuestionablemente de noche un día de semana en el campo que considere la
organización e inclusive alquilado debiendo asumir los gastos el equipo que debió cerrar el campo de juego.
Artículo 28: Los equipos involucrados en los ascensos y descensos, deberán aceptar las reglamentaciones vigentes. En los casos que algún equipo no esté de acuerdo con las decisiones de la organización automáticamente perderá las posibilidades del ascenso.
Los equipos penalizados durante los torneos oficiales apertura, clausura o como se denominen con la ley del Walk Over no participarán de los ascensos.
Los equipos que fueron penalizados por la ley del Walk Over y les corresponde descender, será en forma directa.
Los equipos penalizados (algún jugador o equipo en general) con sanciones de agresión física a rivales, público, etc. Acontecimientos de agresión generalizados, no participarán de los ascensos. Para los descensos será en estos casos en forma directa.
En los casos que el fixture sea una etapa clasificatoria y otra con cuartos, semifinales, finales u otro tipo de formato, solamente participarán de la sumatoria de puntos para los ascensos y descenso los torneos clasificatorios.
Artículo 31: Los veedores deportivos que no cumplan con lo dispuesto en el Art. 31 del reglamento general serán sancionados con suspensiones de partidos y multas económicas que pueden oscilar entre los $ 5.000 y $ 20.000.
Los jugadores que maltraten a los veedores deportivos serán sancionados según los casos, desde una advertencia hasta la inhabilitación por tiempo indeterminado.